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El ayuntamiento de Madrid prohíbe la obra nueva de viviendas de menos de 40 m2 y regulará el ?cohousing? y ?coliving?

El Ayuntamiento de Madrid en un Pleno extraordinario el 17 de Julio,  ha sacado adelante una actualización del PGOU y sus normas urbanísticas ,con el apoyo del PP, la abstención de VOX y el rechazo de Más Madrid y PSOE .

La Comunidad de Madrid tendrá que ratificar el texto en un plazo máximo de cuatro meses después de este Pleno municipal.

Borja Carabant, edelegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, comenta que estas nuevas normas impulsarán, según sus palabras, "la creación de 4.182 empleos e incrementará en 215 millones el PIB de esta ciudad al introducir agilidad administrativa".

La oposición se ha mostrado en contra de las nuevas normas urbanísticas, y Más Madrid ya ha avanzado que llevará a los tribunales las normas urbanísticas modificadas. El PSOE mientras tanto comenta que la nueva normativa "volverá a beneficiar a los mismos: la construcción, las finanzas y los seguros"

Contenido de las principales modificaciones de la normativa urbanistica

En líneas generales las modificaciones se resumen en la prohibición de construcción de viviendas nuevas de menos de 40m2 y la regulación de nuevos modelos residenciales como el "cohuosing" y el "Coliving".  

La modificación de las normas también afectará a la implantación de cocinas industriales, a los pisos turísticos y a los locales de apuestas, entre otras cosas.

Módelos  emergentes de vivienda compartida o colaborativa : ?coliving? y ?cohousing? 

El "coliving" se caracteriza por la dotación de espacios comunes, y la reducción de las unidades de alojamiento privativas de las viviendas. Éstas no podrán ser inferiores a 15 m2 para una persona, ni a 10m2 por persona cuando esté prevista para más de una.

El ?cohousing?, son viviendas privadas que fomentan el contacto social aumentando los espacios comunes hasta abarcar todas las zonas de estancia y ocio mientras que las viviendas dispondrán de las piezas que considere cumpliendo el programa mínimo de vivienda, salvo la estancia comedor, que será libre. La superficie mínima de la vivienda será en este caso de 30 m2, compensando el resto hasta los 40 m2 con las zonas comunitarias.

Regulación de los tendederos, trasteros y zonas comunitarias

Las nuevas normas incluyen la regulación de los tendederos, trasteros y zonas comunitarias. Desde este momento no será necesaria la separación física entre cocina y tendedero y se admite la planta baja para los trasteros sin computar edificabilidad.

Transformación de locales a viviendas

Se garantiza que se respeten las condiciones de habitabilidad, confort, seguridad, accesibilidad y salubridad exigibles a las viviendas de nueva construcción en las transformaciones de locales en viviendas.

 Elementos excluidos del cómputo de edificabilidad

Mejoras en la eficacia energética como son las galerías bioclimáticas, chimeneas solares, locales de generación, almacenamiento y distribución de energías renovables, y el incremento del espesor de cerramientos para aislamiento acústico y térmico, a partir de ahora se excluyen del cómputo de edificabilidad.

También se excluyen  elementos de seguridad en caso de incendio como son  escaleras adicionales y las zonas de refugio que se deban disponer.

Se admite la posibilidad de disponer terrazas sobre el espacio libre de parcela sin computar edificabilidad cuando estén descubiertas en al menos dos plantas.

Se incluye la incorporación de balcones y balconadas, incrementando su saliente (hasta 0,75 metros frente a los 0,45 de hasta ahora)

La exclusión de los miradores del computo de edificabilidad se mantiene, pero mejorando su comportamiento bioclimático con la incorporación de persianas y otros elementos de protección solar. Además, se abren a cornisas a nivel de todas las plantas como elementos de protección solar.

 Nuevo parámetro de edificabilidad: ?el factor verde?

Se trata, según el texto "de aumentar la superficie verde total en la edificación mediante cubiertas y fachadas verdes, y en el espacio libre de parcela mediante su arbolado y ajardinamiento" Así se reducen las islas de calor y mejora la calidad del aire.. Se aplicará a las obras de nueva planta, sustitución, ampliación y en las de reestructuración y acondicionamiento generales.

Restauración de edificaciones en los patios de manzanas

Se pretende  la recuperación de las edificaciones de los patios de manzana mejorando sus condiciones medioambientales. Según el área de Urbanismo del Ayuntamiento, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1997 "no ha logrado dotarles de vida útil y se ha degradado y deteriorado afectando a sus condiciones ambientales e higiénicas".

Destaca el Consistorio: "La difícil implantación de nuevos usos en las edificaciones que ocupan los patios de manzana y espacios libres en el ámbito de la Norma Zonal 1 ha provocado el desuso y abandono de edificaciones existentes o su infrautilización como espacios residuales almacenes o cuartos de instalaciones",

Como medidas de recuperación se plantean obras de reestructuración general o de nueva edificación o condiciones para flexibilizar el régimen de usos permitidos en los patios.

Aprovechamiento de solares sin uso durante cuatro años

Las normas urbanísticas permitirán aprovechar solares vacantes para distintos usos que respondan  a intereses generales para los ciudadanos, tanto de recreo y esparcimiento, como dotacionales, siempre con carácter provisional y mientras no se estén utilizando.

Más info: https://www.inmonews.es/ayuntamiento-madrid-prohibe-obra-nueva-viviendas-menos-40-m2-regulara-cohousing-y-coliving/